Nuevo Reglamento de Extranjería del 20 de mayo
El nuevo Reglamento de Extranjería entra en vigor el 20 de mayo: estos son los cambios clave
A partir del 20 de mayo de 2025, entra en vigor el nuevo Reglamento de Extranjería en España, una reforma que marca un antes y un después en materia de migración personas extranjeras.
Esta actualización normativa, introduce medidas más inclusivas y accesibles para facilitar la regularización y permanencia legal en el país pero sin embargo, dificulta intensamente la regularización para aquellas personas que fueron o son, solicitantes de asilo.
Novedades principales del nuevo reglamento
- Nuevas modalidades de arraigo, en las que en todas se obtiene autorización de residencia y de trabajo.
Se amplían las opciones de regularización a través de cinco nuevas modalidades:
- Arraigo social: Para quienes acrediten dos años de permanencia en España y vínculos laborales o familiares.
- Arraigo sociolaboral: Requiere contrato de al menos 20 horas semanales.
- Arraigo formativo: Enfocado a quienes estén cursando formación reglada.
- Arraigo familiar: Para familiares directos de ciudadanos españoles o residentes legales.
- Arraigo de segunda oportunidad: Para personas que perdieron su permiso en los últimos dos años.
Esto representa una vía de regularización más rápida, ya que se reduce el tiempo de estancia necesario de tres a dos años respecto del reglamento anterior.
- Nuevo estatuto para Familiares de Ciudadano Español.
Uno de los grandes avances es la ampliación de los derechos para los ciudadanos de españoles especialmente de ciudadanos españoles:
- Hijos reagrupables hasta los 26 años.
- Parejas no registradas legalmente podrán ser reconocidas como vínculo válido.
- Inclusión de familiares de víctimas de trata o violencia de género.
La parte menos agradable en este nuevo Reglamento es la eliminación del articulado conforme resultaba muy accesible regularizar a los ascendientes. Con el nuevo reglamento, para la regularización de los ascendientes menores de 80 años será necesario demostrar la dependencia en origen.
- Solicitantes de Asilo. Régimen transitorio: una oportunidad para solicitantes de asilo
El nuevo Reglamento de Extranjería contempla un régimen transitorio excepcional que estará vigente durante el primer año tras su entrada en vigor, es decir, desde el 20 de mayo de 2025 hasta el 20 de mayo de 2026. Esta medida está dirigida especialmente a personas solicitantes de asilo cuya solicitud haya sido denegada de forma firme y que se encuentren en situación irregular a fecha de entrada en vigor del reglamento.
¿Quiénes pueden acogerse al régimen transitorio?
Las personas interesadas deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Situación irregular previa al 20 de mayo de 2025, tras la denegación definitiva de la solicitud de protección internacional. Esto significa haber recibido la resolución del Ministerio del Interior antes del 20 de marzo de 2025 y:
- No haber presentado recurso, o
- Haber presentado recurso pero tener ya una respuesta negativa
- No es admisible el desistimiento de la solicitud de protección internacional.
- Permanecer en situación irregular durante al menos seis meses antes de la solicitud del arraigo.
- Cumplir los requisitos específicos del tipo de arraigo que se pretenda solicitar tal y como explicado con anterioridad.
Os compartimos la nota aclaratoria de la secretaria de Estado de migraciones en el siguiente link:
report_250129-nota-disposicion-transitoria-quinta-rloex_oex_v2-002-1-
Se avecinan cambios importantes a partir del próximo mes, por lo que si estás en un proceso migratorio te recomendamos contactar con un abogado experto en extranjería como NACIONALIDADES, ya sea en nuestra oficina de Lleida o de Barcelona.